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08 oct. 2020
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Integra Consorcio
¿Sabes si, rebasas el limite de vales de despensa otorgado a tus empleados?
Recuerda, si los vales están autorizados por el SAT, tu empresa podrá deducir hasta en un 53% esta prestación laboral. Analicemos la normatividad que rige a los vales de despensa tanto en normatividad IMSS e ISR.
Esquema Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
La ley del Seguro Social en su artículo 27, así como la ley del Infonavit en su artículo 29, señalan que se debe de excluir del salario base de cotización: “Las despensas en especie o en dinero, siempre y cuando no rebasen el 40% de una UMA”.
Si la prestación se otorga de manera mensual, el tope que establece el IMSS para que los vales de despensa sean deducibles de impuestos, debe ser de $1,014 pesos.
Esquema ISR
Este esquema es más sencillo de ejecutar, ya que puedes aumentar la cantidad de dinero que otorgas a tus empleados, con base en el monto vigente de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), con lo que la cantidad máxima que podrías brindar a tus colaboradores al mes sería de $2,641.15.
¿Qué pasa si excedo o rebaso el límite?
La Ley del Seguro Social menciona que, cuando el importe de las prestaciones rebase el porcentaje establecido, solamente se integrarán los excedentes al salario base de cotización.
Es decir, a la empresa se le retendrán las percepciones correspondientes por conceptos de IMSS e Impuesto Sobre la Nómina (ISN), mientras que al empleado se le retendrán impuestos por IMSS e ISR, únicamente por la cantidad excedida.
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