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Cambios en la presentación de la DIOT
El 3 de febrero, el SAT implementó una nueva plataforma para el envío de la DIOT. Es importante recordar que esta obligación debe ser enviada por todas las personas físicas y morales que estén sujetas a ella, quienes deben reportar el pago, las retenciones, acreditamientos y traslados del IVA que tengan operaciones con sus proveedores.
Estos cambios aplicarán para las declaraciones correspondientes al ejercicio 2025 en adelante, así como para las declaraciones extemporáneas del ejercicio 2024 y anteriores.
¿Cuándo se presenta?
Esta obligación se presenta a más tardar el mes inmediato al posterior al que corresponda el periodo, ya sea de manera Mensual o Bimestral para el envío de la información del IVA.
¿Qué beneficios tienen estos cambios?
Los beneficios en estos nuevos cambios son:
- Carga Bach – Por medio de un archivo en formato .TXT
- Carga Manual – para aquellos contribuyentes con un menos número de operaciones.
- Envío de información mas de 40 mil Registros sin necesidad de acudir a las oficinas.
- Se obtiene el acuse de recibo como constancia de su presentación.
CONTPAQi está trabajando para dar una solución lo mas pronto posible a estos nuevos cambios.
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Fin del soporte técnico para versiones de CONTPAQi previas al 2023
¿Cómo migrar de CONTPAQi CFDI en Línea+ a CONTPAQi Vende?
C.P. Benjamín Pérez
Experto contable

