El día 21 de septiembre 2021, el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer en su página web, la TERCERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2021, PRIMERA VERSIÓN ANTICIPADA.
Esta era una tan esperada publicación por muchos organismos del sector de autotransportes y por todos los empresarios, ya que la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (Canacar) en un comunicado indicó que: a más tardar el 15 de septiembre sería publicada una prorroga con una nueva fecha de obligación, las cual iniciará a partir del 01 enero 2021. Lo que al final no fue tan cierto, esto es el contenido de la 3ª RMRMF
TERCERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2021
PRIMERA VERSIÓN ANTICIPADA
Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación; 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, y 8 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria se resuelve:
PRIMERO. Se reforma el Transitorio Décimo Primero de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, publicada en el DOF el 3 de mayo de 2021, para quedar como sigue:
Décimo
Primero. Para los efectos de las reglas 2.7.1.8., y 2.7.1.9., así como el artículo Trigésimo Sexto Transitorio de la RMF 2021, el uso del complemento Carta Porte, será obligatorio a partir del 1 de diciembre de 2021
Transitorios
Primero. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8., tercer párrafo de la RMF 2021.
De momento, se publica la prorroga y aconsejamos a las empresas empezar a trabajar en actualizar sus procesos para la generación de estos documentos que nos ha dado la obligación el SAT.
También estamos a la espera que el SAT nos resuelva las dudas que existen hoy en día, donde no es posible cumplir con el Complemento de la Carta porte con las reglas actuales; y también los criterios de revisión que tendrán las autoridades con las unidades y su carta porte, en los puntos de control.
Continuaremos con el seguimiento a todos los temas relacionados a la Carta Porte para mantenerte informado, si tiene dudas o aún no conoces de que se trata puedes comunicarte con nuestros asesores para que te brinden mayor información al respecto.
Lada sin costo 800 723 7676
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