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01 Octubre, 2021
Integra Consorcio

Cambios en Complemento de Carta Porte SAT

El día 29 de septiembre se publicó la Tercera Versión Anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2021 donde se indican algunos cambios que impactan el uso del Complemento Carta Porte, entre los cuales se destacan los siguientes:


• Se emiten reglas para los traslados locales.
•Se emiten reglas para los traslados federales de acuerdo con el tipo de transporte.
• En el instructivo de llenado se indicarán los datos que debe contener la representación impresa del CFDI con complemento de carta porte.
• Se define la corresponsabilidad entre el contribuyente y el transportista sobre la información que debe aportar cada uno.
• Se elimina de la regla 2.7.1.9 la obligatoriedad de la emisión del CFDI de traslado con complemento carta porte para quedar en la regla 2.7.1.51
•Los servicios de distribución urbana (servicios de valores, grúas, hidrocarburos, mensajería y paquetería) emitirán un CFDI con un concepto especial el cual se especifica en el instructivo de llenado, sin complemento cuando no transiten por jurisdicción federal, de lo contrario emitirán un CFDI de Ingresos o Traslado con complemento carta porte.
•Para el traslado de valores, en área local, no se emitirá complemento carta porte, solo CFDI con un concepto especial. Si transita por carretera federal si se incluye el complemento.
•En traslados de bienes a través de transporte terrestre consolidado, se deberá emitir CFDI de ingreso sin complemento por cada cliente cuando no transite de manera federal, de lo contrario deben incorporar complemento.
•Se emiten reglas para mensajería y paquetería.
 
Entre las reglas destacadas para la mensajería y paquetería se encuentran:   
    
• La primera milla, cuando no transite por jurisdicción federal, emitirá CFDI sin complemento y en cada concepto se especificará el número de guía.
•Parte intermedia, (carretera federal) utilizará CFDI con complemento.
•Última milla, corresponde CFDI con concepto especial sin complemento cuando no transite por jurisdicción federal.

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